La atención médica a los hijos de los afiliados toma un nuevo giro. A partir de enero, quienes cumplan la mayoría de edad podrán tener cobertura de salud hasta los 25 años.
Esto, luego de la resolución que fue aprobada el pasado miércoles por el Consejo Directivo (CD) del IESS. Los afiliados tendrán que pagar un valor adicional, que todavía no ha sido establecido por el CD, para que sus hijos no pierdan la cobertura hasta los 25 años. El monto se sabrá al finalizar este año.
Sin embargo, la decisión la debe tomar quien cumple la mayoría de edad, debido a que en ese momento está en la capacidad de ingresar al sistema de aseguramiento público de manera voluntaria. Así, no solo tendría la cobertura de salud, sino también otros beneficios, como préstamos quirografarios e hipotecarios, fondo de cesantía y de reserva, entre otros.
Actualmente, según el artículo 102 de la Ley de Seguridad Social, los hijos menores de 18 años están cubiertos por el Seguro General de salud. Y tienen servicio en prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades que no han sido originadas por el trabajo. La recuperación y la rehabilitación también son cubiertas por el IESS.
Desde octubre del 2010, fecha en la que la Asamblea aprobó las reformas a la Ley, aumentó la edad de protección, que originalmente era hasta los seis años. Sin embargo, no fue sino hasta el 17 de febrero de 2011 que el Seguro expidió la resolución Nº CD 357, con la cual se viabilizan los cambios.
Allí se establece que para financiar la ampliación de la cobertura en salud a los hijos de afiliados y a los beneficiarios de montepío por orfandad hasta la mayoría de edad se iban a revisar y ajustar los aportes personales y patronales, en enero del año pasado.
Bryan Sarabi cumplió 18 años el 15 de septiembre de 2012. Hasta ese momento se benefició de la extensión de la cobertura del seguro de su madre, Teresa Hurtado.
Cuando tenía 17 años, durante un feriado de Carnaval que se encontraba en Pimampiro (Imbabura), fue asaltado. Le rompieron la nariz. Tuvo que ser trasladado a Quito. En el área de Emergencias del Hospital Carlos Andrade Marín le realizaron una cirugía. Sus padres no pagaron por la atención.
La protección en salud
Los afiliados no tienen que pagar un valor adicional para que sus hijos cuenten con la cobertura. Esto a diferencia del caso de cónyuges que requiere un porcentaje adicional en el aporte.
Los hijos menores de 18 años de los pensionistas de invalidez y vejez del Seguro General y pensionistas del Seguro de Riesgos del Trabajo tendrán que aportar el 3,41% de la pensión o renta mensual para que estén bajo la cobertura de salud.
2.5 millones de afiliados activos (que aportan) tiene el Seguro en el país.
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