martes, 18 de marzo de 2014

CAMARAS EMPRESARIALES PIDEN DEROGAR RESOLUCIÓN DEL SEGURO SOCIAL

La resolución 464 del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), sobre la afiliación para los profesionales en libre ejercicio, podría ser revisada por el Seguro Social.
Las federaciones de cámaras resolvieron ayer solicitar la derogatoria, para lo cual pedirán a su representante en el IESS, Felipe Pezo, que plantee el tema al Consejo Directivo.
Además de Pezo, el máximo organismo administrativo del IESS está integrado por el representante del Ejecutivo, Fernando Cordero, y la vocal de los afiliados, Paulina Guerrero.
La decisión se tomó en una reunión realizada ayer en Guayaquil, donde participaron cuatro de los cinco representantes de las federaciones: agricultura, industria, pequeña industria y construcción. Así lo confirmó ayer Xavier Sisa, director jurídico de la Cámara de Industrias y Producción (CIP).
La resolución 464, aprobada en febrero pasado por el Directorio de la entidad, establece, en su primer capítulo, la Afiliación obligatoria para personas sin relación de dependencia, vigente desde abril próximo.
El tema de "obligatorio" generó una ola de críticas entre trabajadores independientes.
El martes pasado, Cordero, quien preside el Consejo, dijo que la afiliación no será obligatoria, sino voluntaria.
Además, anunció que este lunes se emitiría un instructivo para la aplicación de la resolución 464, pero hasta el cierre de esta edición no se conocía si había sido emitido.
Pero los industriales sostienen que la resolución 464 es ilegal, imprecisa y poco clara.
Estas observaciones se detallan en un oficio remitido por la CIP a Cordero el 13 de marzo pasado. Una de ellas se refiere al monto de aportación.
La resolución 464 establece que el aporte para las personas sin relación de dependencia es del 20,6%. Ello, según la CIP, genera una posición de desigualdad frente a quienes tienen relación de dependencia, cuyo aporte se forma con el 9,45% del trabajador y el 11,15% del empleador.
Dentro del 20,6% para el trabajador independiente se incluye el 3% del seguro de cesantía, pese a que el artículo 10b de la Ley de Seguridad Social excluye a este grupo de ese pago.
Además, señala que los artículos 13 y 15 de la misma ley establecen que se debe definir una base presuntiva de aportación para cada categoría ocupacional. La norma, según los industriales, no es clara sobre si los jubilados que hoy trabajan deberán afiliarse y si las personas que están bajo relación de dependencia, pero que tienen ingresos extras por otra actividad, también deberán aportar por esos ingresos extras.
Cordero explicó hace unos días que el cobro del 3% busca cumplir el principio de equidad establecido en la Ley de Seguridad Social y ampliar las prestaciones a los afiliados, pues podrán acceder a préstamos quirografarios.
Sobre el monto del aporte señaló que es potestad del Consejo definir los montos de aportes e insistió en que la afiliación para el trabajador independiente será voluntario.

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