viernes, 15 de agosto de 2014

INFRACCIONES LEVES SON PENADAS CON CÁRCEL

Antes no estaban fijadas como infracciones o sus penas eran mínimas. Pero con la vigencia del Código Integral Penal (COIP) el panorama cambió. Unas ocho infracciones se penan con hasta 30 días de prisión.

Allí están, por ejemplo, la elaboración o venta de material pirotécnico sin permisos, el incumplimiento de las medidas de seguridad frente a incendios, la destrucción de señales de tránsito o la conducción de vehículos con llantas lisas o en malas condiciones. Otros hechos se castigan con multas económicas que van entre el 5% y el 100% de un salario básico unificado.

 Además, de horas de servicio comunitario para los infractores. José Alomía, presidente del Colegio de Abogados de Pichincha, considera desproporcionadas aquellas sanciones que incluyen días de cárcel para “prácticas habituales del ciudadano”. Para el jurista, la educación y la prevención deben prevalecer antes que las medidas de carácter punitivo.

Seis días después de la entrada en vigencia de la nueva legislación penal, hay cuestionamientos a los articulados. Ayer, 14 de agosto, la Corte Constitucional notificó a Luis Sárrade, representante legal del grupo Projusticia Médica, sobre la admisión de una demanda de inconstitucionalidad sobre tres artículos del COIP: el homicidio culposo por mala práctica profesional, la responsabilidad jurídica en delitos y el artículo que castiga las peleas de perros.

 Conozca los casos en que podría ir a la cárcel con el COIP Ojo con las infracciones de tránsito sancionadas con la nueva ley Tres artículos del COIP serán analizados por la Corte Constitucional 100 preguntas para entender el Código Orgánico Integral Penal Las agresiones psicológicas a la mujer se miden bajo tres escalas Debemos exigir la cédula Amparo Heredia. Comerciante de una tienda de abastos Amparo Heredia administra más de 20 años su bodega de víveres.

En ese tiempo ha visto decenas de adolescentes que intentan comprar bebidas alcohólicas. Lo han hecho incluso mientras vestían el uniforme de sus colegios. La mujer dice que les niega la atención.

En su local exhibe un letrero en el que advierte que la venta de licor a menores de edad está prohibida.

“Creo que es necesario que todos los comerciantes exijamos la cédula de identidad para comprobar que los jóvenes sean mayores de edad”. Para ella, la sanción que establece el Código Penal por expender bebidas alcohólicas le parece adecuada. En el anterior Código Penal no se establecían sanciones a quienes incurrían en esta contravención, pero la Intendencia prohibía la venta a menores. Hay que educar al conductor Juan Carlos Reyes.

Propietario de un local de venta de neumáticos El cambio de neumáticos, por lo general, se debe realizar cada 50 000 km, según Juan Cruz. No obstante, los huecos en la calzada y los ‘veredazos’ pueden provocar un desgaste prematuro. Para esto, el comerciante sugiere chequeos periódicos -cada 10 000 km- del vehículo que incluyen alineación, balanceo y revisión de la suspensión. Hay clientes -relata- que acuden al taller cuando las llantas de los autos no dan más. Y aclara que la vida útil del neumático depende de la marca, de las condiciones del automotor y la forma de manejar del usuario. A su juicio, la sanción es muy drástica.

“Primero debemos educar a la gente. Las concesionarias, los comerciantes de neumáticos, las mecánicas deben alertar al usuario sobre los cuidados de los vehículos”. Barras bravas son la alegría Enrique Villamagua. Expresidente de la barra Marea Roja Un dirigente de las barras bravas

¿cómo puede controlar, por poner un ejemplo, a sus 300 integrantes? Si alguno de ellos, por desgracia, arroja un objeto a la cancha no se puede responsabilizar al dirigente de la barra o al del club como se indica en el Código Integral Penal. Las barras bravas son la alegría de los estadios. Dice que los asistentes van a disfrutar del espectáculo no a ver las actuaciones de los hinchas. “Lamentablemente hay rivalidades entre los hinchas de los clubes del país.

Los dirigentes y las autoridades deben vigilar y evitar que se encuentren los grupos en los graderíos o en los exteriores de los escenarios deportivos”. Considera que el Código es excesivamente punitivo. “En lo que estoy de acuerdo es que se prohíba el ingreso de bengalas y de armas blancas”. El usuario debe ser precavido Mario Navarrete.

Presidente del Centro Comercial Montúfar Navarrete administra un local en el Centro Comercial Montúfar (centro de Quito). Allí vende celulares. El minorista explica que los equipos ‘piratas’ cuestan hasta 60% menos que un teléfono de marca. “Esos celulares, por lo general, no tienen garantía”. Por esto, recomienda a los clientes revisar los bienes que adquieren.

El usuario debe chequear, por ejemplo, los colores de la pantalla del equipo. Navarrete señala que el CC Montúfar tienen un reglamento interno que sanciona a los comerciantes que engañan al consumidor. Al cliente -precisa- se le entrega una nota de venta en la cual se detalla sobre la identidad del producto, el numero de serie, etc. “Está en manos del usuario no ser blanco de estafas”.

Pero la Policía ha realizado operativos de seguridad en el lugar. Art. 249  Seis meses a un año es la pena para quienes engañen al consumidor acerca de la identidad o calidad de un producto. El maltrato a los animales Édgar Cruz. Doctor veterinario en la Clínica La Mascota Como especialista veterinario en perros y gatos, considera que la sanción para este delito es muy débil.

“Las personas deben ser responsables con las mascotas. He conocido casos de dueños que sacrifican de forma cruel a los animales: les envenenan, les disparan o en otros casos les ahorcan”. Dice que la eutanasia solo es indicada cuando la mascota tiene una enfermedad terminal y se debe certificar que no hay tratamiento médico.

 En Quito ha visto personas que desconocen cómo cuidar a los animales. “Ellos no buscan a las familias, sino que las personas buscan a los perros. Advierte que “el Estado o los municipios deben concienciar a través de programas para que las personas sepan cómo tener una mascota”.

Y da una sugerencia: llevarlos al veterinario tres veces al año. Art. 249  De 3 a 7 días de prisión es la sanción para quien mate a su mascota. El maltrato implica hasta 100 horas de trabajo comunitario. Estas obras son necesarias Myriam Manobanda. Presidenta Federación de Barrios de Quito ¿Cómo ven en los barrios las sanciones por construir sin permiso rompevelocidades? La presidenta de la Federación de Quito sostiene que los vecinos optan por construirlos ante una necesidad de seguridad vial.

“Hay sectores, como la Ferroviaria Alta, la Argelia, que tienen pendientes y muchos conductores utilizan las calles como pistas”.

En el 2008, en la Ciudadela Tarqui (sur de Quito), los vecinos construyeron un rompevelocidades, para evitar accidentes de tránsito por altas velocidades de los autos. Para evitar sanciones, la dirigente plantea que el Municipio priorice a aquellos barrios que no tienen señalización o paradas establecidas. “Con sanciones económicas y prisión no vamos a resolver problemas del transporte. Debe haber planificación”.

 http://www.elcomercio.com.ec/actualidad/infracciones-leves-carcel-coip.html.

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