miércoles, 12 de marzo de 2014

LA AFILIACIÓN DE LOS PROFESIONALES SERÁ VOLUNTARIA Y NO OBLIGATORIA, ASÍ LO DIJO FERNANDO CORDERO


La afiliación de los profesionales en libre ejercicio y trabajadores autónomos será voluntaria y no obligatoria.
Así lo dijo Fernando Cordero, presidente del Directorio del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, quien descartó una revisión a la resolución 464. Pero, expertos y gremios profesionales, creen que esa resolución tiene, al menos, diez vacíos legales y técnicos que deben ser corregidos.
El organismo estableció, vía Resolución 464, en febrero pasado, un régimen obligatorio para la afiliación de las personas sin relación de dependencia (profesionales en libre ejercicio, taxistas, etc.).
El tema generó una serie de críticas entre profesionales en libre ejercicio quienes calificaron la medida como "un impuesto a la solidaridad".
Los puntos de mayor polémica fueron la obligatoriedad de afiliación y el monto del aporte, 20,6% sobre sus ingresos.
Cordero, sin embargo, dijo ayer que: "tenemos que diferenciar lo que es el nombre del seguro, de la forma de acceder al seguro". Los trabajadores que están en relación de dependencia deben estar de forma obligatoria, no así para el resto. "Hay otros que pueden acceder al seguro general obligatorio, de manera voluntaria".
Pero la norma parece que no estaba clara dentro de la propia entidad. Días atrás, el director nacional de Aseguramiento del IESS, Raúl López, explicó, en rueda de prensa, que la medida es obligatoria e incluso habló de multas y sanciones para quienes no cumplan.
Justificó la medida en que la Ley de Seguridad Social establece la obligatoriedad de afiliación para las personas con y sin relación de dependencia.
Al referirse a las declaraciones de López, Cordero dijo que "se le entregó un boletín de prensa que debía venir y en cinco minutos leer (…) he tratado de hacer un esfuerzo para no tener que entrar en contradicción con él… aparentemente hay algunas cosas que eran de su propia elucubración. A lo mejor respuestas improvisadas, un poco ligeras, como el hecho de que vamos a afiliar a 4,5 millones de profesionales, que ni hay siquiera".
Pero estas declaraciones no convencen a los gremios profesionales en libre ejercicio, quienes creen que la norma debe ser reformada. Así, Carlos Figueroa, exsecretario general de la Federación Médica, dijo ayer que en los próximos días el gremio interpondrá una demanda de inconstitucionalidad.
"No son suficiente las declaraciones, tiene que estar por escrito. La resolución es clarísima y habla de régimen obligatorio. Cualquier momento nos pueden salir con otra cosa".Expertos identifican, al menos, 10 vacíos legales y técnicos que no han sido superados.
Marco Morales, exdirector del IESS, dice que la resolución establece claramente "un régimen de afiliación obligatoria sin relación de dependencia".
En su criterio, esto está en contra de la Ley de Seguridad Social. Dijo que la obligatoriedad de afiliación para el profesional en libre ejercicio es un tema que fue derogado por el Tribunal Constitucional (actual Corte Constitucional).
Un segundo punto crítico es que la resolución 464 elimina la afiliación voluntaria dentro del país, que queda solo para afiliados residentes en el exterior, pese a que este es un derecho garantizado en la Ley de Seguridad Social.
Carmen Corral, exintendenta de Seguridad, señala que este derecho no puede ser eliminado vía resolución, ya que una norma de menor jerarquía no puede reformar una Ley.
El experto legal Miguel Falconi, director general de CEO, señala que otro vacío tiene que ver con la base del aporte. El IESS anunció que será el propio afiliado quien establezca su base de aportación sobre una proyección anual dividida para 12. Para Puig, esto "contraviene el principio de legalidad".
Esto porque, según su análisis, la Ley de Seguridad Social en el artículo 13 establece que será el IESS el que "definirá anualmente, para cada una de las categorías especiales más relevantes en el mercado de trabajo, una base presuntiva de aportación (BPA)".
Cordero defendió la medida y dijo que "la ley no dice cuánto hay que aportar. Eso es potestad del Consejo Directivo del IESS". Y recalcó que no modificará el aporte del 20,6%.
El grupo de trabajadores independientes no tiene seguro a cesantía, según la Ley de Seguridad Social, sin embargo, en el cálculo del 20,6% de aportación de la resolución 464 se incluye el pago al seguro de cesantía (3%). Corral señala que este rubro no debe ser cobrado.
Si se tiene en cuenta esto, el rubro de aporte debería ser del 17,6% y no el 20,6%.
Cordero, sin embargo, dijo que se fijó ese monto para que los afiliados accedan a otros servicios del IESS, que se debe garantizar a todo trabajador.
"Yo me fui al exterior, hablé con los del exterior, y ellos me pidieron tener, expresamente, acceso a quirografarios. ¿Cómo les doy préstamos si no tienen cesantía? Esa plata les devuelvo cuando quieran".
Pero, según expertos como Corral, la base de aportación debe definirse con base en estudios actuariales. "El IESS debería establecer tablas de aportación, no se puede cobrar el mismo porcentaje a todos".
La necesidad de estudios también genera críticas. Según ambos expertos no hay estudios actuariales y técnicos que sostengan la decisión.
La capacidad que tiene la entidad para afrontar el ingreso de nuevos afiliados a su sistema de aseguramiento también es un tema que ha generado preocupación entre los afiliados.
El hecho de los afiliados en libre ejercicio no estarían cubiertos todo el tiempo por el seguro debido a que sus ingresos son variables también preocupa pues contradice la Ley y la Constitución.
Cordero explicó que si el trabajador, durante un mes, no tuviera ingresos para pagar la afiliación automáticamente saldrá del sistema de aseguramiento, pero la medida busca evitar que se le cobre multas por mora al Instituto. "Si vuelve a tener ingresos podrá, nuevamente, inscribirse".
Finalmente, está el cobro del 0,10% a todos los afiliados del IESS, un rubro que está incluido en la resolución 464, y que, según Corral, es una ilegalidad.
"La Ley de Seguridad Social establece en sus artículos 7 y 8 que la protección a los discapacitados tiene carácter asistencial y debe ser financiada exclusivamente con la contribución del Estado".
Ayer, el asambleísta Andrés Páez planteó la comparecencia a la Asamblea del Director del IESS para el jueves.
En contexto
En febrero pasado, el Seguro Social aprobó la resolución 464 que dispuso la creación del sistema obligatorio de afiliación para las personas sin relación de dependencia. Además, eliminó la afiliación voluntaria dentro del país y la dejó para el ecuatoriano en el exterior.

No hay comentarios:

Publicar un comentario