miércoles, 9 de julio de 2014

LA ASAMBLEA CAMBIA LA COMPOSICIÓN DEL BIESS

El pleno de la Asamblea Nacional tramitó ayer en primer debate el proyecto de Código Orgánico Monetario y Financiero, que fuera enviado por el Ejecutivo con el carácter de urgente en materia económica el pasado 25 de junio. 

La discusión se cumplió sobre la base del informe presentado por la Comisión de Régimen Económico, la cual realizó observaciones a la propuesta gubernamental.

El presidente del organismo legislativo, Oswaldo Larriva, durante su intervención sostuvo que el proyecto de ley busca modificar y adecuar la regulación y normativa vigentes, mediante el fomento del acceso a los servicios financieros de forma eficiente.

El objetivo es fortalecer la inversión pública nacional, el consumo social y ambientalmente responsable y propender al funcionamiento eficiente de la institucionalidad creada en la Constitución.
Para la titular de la Legislatura, Gabriela Rivadeneira, el Código sobrepone al ser humano sobre el capital. “El Código en sí mismo es una de las herramientas más básicas para hacer visible y palpable el cambio del capital como una herramienta para el desarrollo integral del ser humano”, dijo Rivadeneira, quien acotó que la norma pone las reglas claras para la banca privada y el sistema financiero del país.

Larriva indicó que del análisis del proyecto se han efectuado cambios, como la composición del directorio del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess), en donde se descarta la propuesta del Gobierno que planteaba que el organismo estuviera integrado por 5 vocales: 3 del Ejecutivo, uno de los trabajadores y jubilados, y uno de los empleadores.

Los comisionados consideraron que la estructura del Banco debe estar conformada por cuatro vocales: el presidente del Consejo Directivo del IESS, quien lo presidirá y tendrá el voto dirimente; el titular de la Secretaría de Estado a cargo de la política económica o su delegado; un delegado de los afiliados activos y un vocal de los jubilados.

Además, ratificaron que la designación de los representantes de trabajadores y jubilados activos la hará el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) y no la Junta de Política de Regulación Monetaria.

Este aspecto fue bien visto por el representante de la Asociación de Jubilados del Ecuador, Édison Lima, quien dijo que es algo que venían pidiendo, ya que de esta manera habrá una representación paritaria entre los sectores involucrados.

Sin embargo, aún a los jubilados les preocupa que no se diga nada sobre el manejo de los fondos previsionales por parte de la Junta de Regulación Monetaria, que están contenidos en el numeral 10 de la Disposición Reformatoria Vigésima del informe de la Comisión, pues consideran que sería inconstitucional.

Otros cambios al proyecto   

Los legisladores también incorporaron una disposición por la que se permite que las cooperativas que no corresponden al segmento 1 (pequeñas) y que tendrían un techo de cobertura del seguro de depósitos, puedan incrementar el mismo haciendo mayores aportaciones particulares a la Corporación de Seguros de Depósitos y Fondo de Liquidez.

También se establece que la Corporación de Desarrollo del Mercado Secundario de Hipotecas (CTH) podrá dejar de efectuar la actividad de administración fiduciaria –privativa de las instituciones del mercado de valores- y permanezca como institución de servicios financieros del sistema, en su rol de apoyo para el redescuento de cartera hipotecaria de la banca.

Las superintendencias de Bancos, Compañías,Valores y Seguros, y de Economía Popular y Solidaria, podrán aplicar un procedimiento administrativo sancionador, que en el proyecto de Código no estaba regulado.

Los comisionados eliminaron la facultad que se otorgaba a los organismos de control para sancionar administrativamente infracciones no tipificadas en el Código. Las cooperativas no podrán volverse bancos.

Debate en la Asamblea
El primer debate giró en torno a la dolarización, eliminación del conflicto de intereses, las atribuciones de la Junta Reguladora, el congelamiento de depósitos, el direccionamiento del crédito y el retorno del dinero que la banca tiene fuera.

DATOS
La Junta de Política de Regulación Monetaria no podrá interpretar las normas contenidas en el Código sino solamente aplicarlas de manera textual.

Se permite a las entidades del sistema financiero popular y solidario que puedan participar como accionistas en el capital de entidades extranjeras que tengan la misma naturaleza. 

No se desechan las acciones contra la Junta de Regulación Monetaria, cuando las inicie la Fiscalía por delitos contra la administración pública. Se descarta que los funcionarios gocen de inmunidad.
Las entidades asociativas, como bancos comunales y cajas de ahorro, pueden optar por el derecho a la personería jurídica, pero en el marco de una regulación y supervisión por parte de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria.

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