Además de los doce, ocho artículos sobre otros temas “continuarán en debate” (ver detalles) y tres artículos más relativos a la plusvalía de la tierra, la comunicación como servicio público y el plazo para la conformación de las regiones serán integrados al debate.
Respecto a los GAD, se proponen dos cambios: aclarar que puedan realizar consultas populares solo de temas relativos a sus competencias (artículo 104) y quitarles las competencias para la construcción de infraestructura en salud y educación (artículo 264).
Los cambios en la Contraloría buscan que esta institución se encargue del control del uso de los recursos estatales, pero no de la “consecución de los objetivos de las instituciones del Estado” o lo que es lo mismo: de la evaluación del nivel de gestión de las autoridades (artículos 211 y 2 inciso del artículo 212).
“La evaluación de gestión de gobierno está entrelazado a un plan que, en nuestro caso, es el Plan Nacional del Buen Vivir y toda una política programática de planificación que tiene el Estado”, dijo la presidenta de la Asamblea, Gabriela Rivadeneira, al explicar esta enmienda.
Sobre la Defensoría, AP busca que cambiar la estructura de esta institución a nivel territorial, eliminando a sus delegados en cada provincia y, en su lugar, “observando en lo posible la división territorial judicial”.
En la reelección indefinida para las autoridades de elección popular (artículos 114 y 144) no hubo novedades, pero sí en el límite de edad para poder ser presidente (artículo 142).
La Constitución pone como base los 35 años para candidatizarse a ese cargo, pero en AP se debate el cambio entre una base de 18 y 30 años de edad.
Otros cambios antes anunciados fueron ratificados: que las Fuerzas Armadas puedan apoyar a la Policía en la seguridad integral del Estado (ratificando la reforma legal que hicieron hace poco en este sentido y que se refiere al artículo 158), que el Estado garantice el pago de las pensiones jubilares de los miembros de la fuerza pública (artículo 370), que se cambie fondos “provisionales” por “previsionales” (art. 372) y que la ley regule los casos en los cuales se abuse de la acción de protección (artículo 88).
Tras cerca de siete horas de discusión en la sede de AP, Rivadeneira no cerró la posibilidad de que “en el mediano o largo plazo” exista un segundo paquete de “enmiendas”.
Este primer paquete de cambios constitucionales sería presentado a la Asamblea oficialmente la próxima semana con la firma de los cien asambleístas, el documento será enviado luego a la Corte Constitucional para que defina si procede una reforma o una enmienda como señala AP.
Esta enmienda está ligada a la necesidad de fortalecer un proceso de transformación que lo hemos trabajado entre los ciudadanos y las autoridades”.En discusión
Gabriela Rivadeneira, presidenta de la Asamblea Nacional
Veto a iniciativas
Que el presidente de la República pueda vetar totalmente iniciativas populares cuando se trate de un proyecto de ley, en cuyo caso se observará el procedimiento común de aprobación de leyes (modificaría el artículo 103).
Cambios en CNJ
Que la Corte Nacional de Justicia (CNJ) esté integrada por jueces “de conformidad con la ley”, en lugar de el número de 21 que actualmente constan en la Constitución (modificaría el artículo 182).
Jueces provinciales
Que el Consejo de la Judicatura determine el número de jueces que integran las cortes provinciales, así como el número de tribunales y juzgados necesarios, de conformidad con la división territorial judicial (modificaría el artículo 186).
Sector público
Que se suprima del artículo 229 que las obreras y obreros del sector público estén sujetos al Código del Trabajo, como actualmente consta en la Constitución.
Derecho al trabajo
Que en el artículo 326 de la Constitución referente a los principios que sustentan el derecho al trabajo, en el numeral 16 luego de la palabra “profesionales” se incluyan las palabras “y demás servidores públicos”, y se supriman las palabras: “Aquellos que no se incluyen en esta categorización estarán amparados por el Código del Trabajo”.
Retroactividad
Incorporar una transitoria para que los cambios en los artículos 229 y 326 no sean retroactivos.
Autoridad del agua
Que la autoridad a cargo de la gestión del agua sea responsable de su planificación, regulación y control, “y rector el área bajo su competencia” (modificaría el artículo 412).
Plusvalía de tierras
Plusvalía de la tierra, comunicación como servicio público y plazo para conformar regiones.
No hay comentarios:
Publicar un comentario