Con ello, el aporte de los afiliados que se calcula sobre el salario pasa del 9,35% al 9,45%.
La aportación total que recibe el IESS por cada afiliado pasa del 20,5 al 20,6% (incluido el aporte que hace el patrono).
Así, por ejemplo, si el salario es de USD 500, el aporte que realiza el afiliado se eleva de USD 46,75 a USD 47,25.
Todo empleador deberá hacer este descuento desde este mes (incluido los patronos de empleadas domésticas).
El Consejo Directivo del IESS tomó la decisión para cumplir con la Ley Orgánica de Discapacidades, aprobada en septiembre del 2012 y que no se aplicaba por falta de reglamento. Esta Ley establece beneficios para las personas con capacidades especiales. Una de ellas es la pensión especial por vejez que debe cubrir el Seguro Social. Este es un derecho que permite a este segmento vulnerable de la población acceder a una jubilación cuando ha cumplido, sin límite de edad, 300 aportaciones (25 años).
"Es lo que en materia de seguridad social se conoce como jubilación anticipada", explica el ex director del Seguro Social, Marco Morales.
Para tener la jubilación por vejez, sin límite de edad, los afiliados hoy deben alcanzar las 480 aportaciones (40 años). También se puede acceder a la pensión con menos aportaciones pero, para ello, debe cumplir 60 años de edad o más.
Paulina Proaño, directora del Sistema de Pensiones de la entidad, explicó que las personas que registren un 40% de discapacidad certificado por el Consejo Nacional de Igualdad de Discapacidades del Ecuador (Conadis) y estén afiliadas pueden acogerse a la pensión.
Además, señaló que acceder a este beneficio no les impide seguir trabajando.
Según datos de esta área, en el IESS registra 74 939 afiliados con discapacidad, quienes podrán acceder a este beneficio cuando cumplan el número de aportaciones requerido.
A partir del 2 de enero pasado, el IESS abrió el sistema para aplicar a la opción de jubilación por discapacidad.
La norma supone un cambio al aporte que realiza el trabajador. El último ocurrió en el 2001 cuando se aprobó la Ley de Seguridad Social vigente. Aunque en aquella ocasión no se cambió el porcentaje de aporte (del 9,35%), sí aumentó el monto de aporte, pues ya la Ley estableció que el afiliado debía aportar sobre toda su remuneración (incluido beneficios, horas extras, etc.).
Las personas con capacidades especiales no son las únicas a las cuales el IESS amplió beneficios. En diciembre pasado también decidió flexibilizar los requisitos para la afiliación voluntaria; por ejemplo, incluyó a personas con enfermedades catastróficas. Además, amplió la cobertura de salud a los hijos de los afiliados de entre 18 y 25 años, con el aporte de solo el 1,32% del afiliado.
Esto ha abierto el debate en torno a los temas de universalización de la seguridad social.
Proaño señala que la medida busca contribuir a una mejora en las condiciones de vida de las personas con capacidades especiales. "Por ejemplo, una persona que gana USD 340 aportaría 34 centavos mensuales y el Ecuador tiene una sociedad más justa y solidaria".
Morales cree que la atención a esta población le corresponde al Estado.
"Los afiliados estamos asumiendo papeles que no nos corresponden. El Seguro Social es para afiliados y no para cubrir una contingencia universal que le corresponde al Estado".
El también ex director del IESS, Joaquín Viteri, discrepa "Son sectores vulnerables que deben ser asistidos por personas que no tienen esas limitaciones. Rige el principio de solidaridad de la Constitución".
Para Morales, si bien la Constitución garantiza este principio, el Estado tiene que colaborar subsidiariamente. Cree que la medida presionará a futuro al fondo de pensiones, de donde se pagan las jubilaciones.
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