El cheque es la orden incondicional de pago por el medio del cual el girador dispone al girado el pago de una determinada suma de dinero a un beneficiario. Así lo establece el artículo primero del Reglamento General de la Ley de Cheques, emitido por la Superintendencia de Bancos y Seguros (SBS).
Este reglamento, que contiene las reformas emitidas por la Junta Bancaria, entró en vigencia el pasado 26 de septiembre y su aplicación obligatoria en las entidades bancarias se la realizó desde ayer, martes 30 de septiembre.
La nueva Ley de Cheques tiene como objetivo proteger al usuario del sistema financiero y también se busca dar mayor seguridad a los formularios que constan en las chequeras. Por ello la SBS dictaminó los parámetros y exigencias que este documento financiero debe cumplir para evitar fraudes y adulteraciones.
Hay una serie de condiciones básicas que debe contener el cheque para su correcta utilización. El blog especializado definanzas.com indica que debe tener al menos los siguientes datos: nombre de quien debe pagar el cheque; nombre del banco y suma del importe; fecha, lugar de pago y emisión del cheque y la firma de quién expide el cheque.
Video: ¿Cómo se deben llenar los nuevos cheques?
La nueva Ley de Cheques tiene como objetivo proteger al usuario del sistema financiero y también se busca dar mayor seguridad a los formularios que constan en las chequeras. Por ello la SBS dictaminó los parámetros y exigencias que este documento financiero debe cumplir para evitar fraudes y adulteraciones.
Hay una serie de condiciones básicas que debe contener el cheque para su correcta utilización. El blog especializado definanzas.com indica que debe tener al menos los siguientes datos: nombre de quien debe pagar el cheque; nombre del banco y suma del importe; fecha, lugar de pago y emisión del cheque y la firma de quién expide el cheque.
Video: ¿Cómo se deben llenar los nuevos cheques?
Tipos de cheques
En su página web, la Superintendencia de Bancos y Seguros realiza una descripción detallada de tres tipos. El cheque al portador, indica, es transferible por entrega simple y sin necesidad de endoso. El banco debe pagarlo a la persona que lo presente a cobro, con la previa identificación a través de la cédula de identidad.
El cheque a la orden es aquel que es transferible mediante endoso y puede ser cobrado por la persona a cuyo nombre se extendió el documento bancario; o por el último endosatario -en caso de ser un cheque endosado-.
Finalmente indica la SBS que el cheque nominativo es aquel que es transferible mediante cesión y no por endoso. Es decir que puede ser cobrado solo por la persona a cuyo nombre se encuentra extendido el documento. También lo puede hacer un representante o apoderado con poder suficiente, de ser el caso.
También existen otros tipos de cheques como el certificado, el cual indica que se tiene fondos suficientes para cubrir el cheque; el cheque al portador; el cheque normativo; el cheque de gerencia o el cheque cruzado.
En su página web, la Superintendencia de Bancos y Seguros realiza una descripción detallada de tres tipos. El cheque al portador, indica, es transferible por entrega simple y sin necesidad de endoso. El banco debe pagarlo a la persona que lo presente a cobro, con la previa identificación a través de la cédula de identidad.
El cheque a la orden es aquel que es transferible mediante endoso y puede ser cobrado por la persona a cuyo nombre se extendió el documento bancario; o por el último endosatario -en caso de ser un cheque endosado-.
Finalmente indica la SBS que el cheque nominativo es aquel que es transferible mediante cesión y no por endoso. Es decir que puede ser cobrado solo por la persona a cuyo nombre se encuentra extendido el documento. También lo puede hacer un representante o apoderado con poder suficiente, de ser el caso.
También existen otros tipos de cheques como el certificado, el cual indica que se tiene fondos suficientes para cubrir el cheque; el cheque al portador; el cheque normativo; el cheque de gerencia o el cheque cruzado.
Pese a que existen otras alternativas de pago como las tarjetas de crédito, transferencias electrónicas o desembolsos virtuales, el cheque sigue siendo el principal medio de pago en el país. Hasta julio del 2014, la SBS registró USD 8 494, 2 millones depositados en cuentas corrientes en las instituciones de la banca privada.
No hay comentarios:
Publicar un comentario