jueves, 25 de septiembre de 2014
ENTRARÁN EN VIGOR EN ECUADOR CAMBIOS A LA LEY DE CHEQUES
Los cambios realizados a la Ley de Cheques este año por la Superintendencia de Bancos y Seguros de Ecuador, y que buscan dar una mayor confiabilidad y seguridad en estos documentos, entrarán en vigor el próximo lunes.
Las reformas, según el diario El Telégrafo, guardan relación con el llenado formal del modelo del cheque por los usuarios y establecen los defectos por los cuales estos podrían ser rechazados por parte de las instituciones donde se hagan los depósitos.
Las devoluciones se realizarán, por ejemplo, en caso de que exista disconformidad notoria de la firma y el uso del sello seco, o ante la presencia de corrugados sobre las cifras señaladas.
Esa legislación determina que el plazo para la presentación de pago de un cheque será dentro de los 20 días contados desde la fecha de su emisión, para aquellos que sean girados o pagados en Ecuador.
Mientras, los envíos desde el exterior y abonados en este país, se presentarán para ser pagados dentro de 90 días contados desde la fecha de su emisión.
La normativa prohíbe escribir en el cheque sellos o leyendas que condicionen su entrega a los destinatarios, salvo los establecidos en la Ley de Cheques o en este capítulo, por lo que el resto se considerará “inexistente”.
Por otra parte, las instituciones están obligadas a llevar un registro de pedidos de revocatoria de cheques, con mención del titular, número de la cuenta y del cheque y otros datos generales.
En el caso de un “girador” de una cuenta corriente, rehabilitado por segunda o más ocasiones y que incurra en otras faltas, quedará inhabilitado para abrir este tipo de cuentas o enviar estos cheques, ni podrá actuar como firma autorizada por tres años contados a partir de que sea impuesta la sanción.
http://www.andes.info.ec/es/noticias/entraran-vigor-ecuador-cambios-ley-cheques.html
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario