viernes, 27 de diciembre de 2013

HAY REPAROS AL REGLAMENTO DE LA LEY DE DISCAPACIDADES

La espera no satisfizo las expectativas. El sector involucrado hace duros cuestionamientos al recién aprobado Reglamento a la Ley Orgánica de Discapacidades.El documento fue suscrito por el presidente Rafael Correa, el 5 de diciembre. Esto es, más de un año después de que la ley entró en vigencia.En este lapso, la asambleísta María Cristina Kronfle (Madera de Guerrero) insistió en la necesidad de esa regulación para que los beneficios de la Ley de Discapacidades se apliquen.Pero ahora, a su criterio, ciertos aspectos del reglamento "son un retroceso en relación a lo que dispone la ley". Menciona, por ejemplo, que los beneficios tributarios, como la exoneración del Impuesto a la Renta y la devolución del IVA, serán solo para las personas "cuya discapacidad sea igual o superior al cuarenta por ciento". Así lo establece el artículo 6 del reglamento.Pero con ello, cuestiona Kronfle, habría miles de casos sin ser atendidos. Se trata de las personas que tienen entre el 30 % y 40 % de discapacidad que, según información de la Vicepresidencia de la República, ascienden a 98.000.Lo paradójico, según considera la legisladora, es que quienes tienen 30 % de discapacidad no pueden acceder a beneficios, pero sí son considerados en la inclusión laboral.Kronfle se refiere al artículo 8 del reglamento. Establece que, a quienes tengan una discapacidad de esa escala, se los podrá contar en el porcentaje de inclusión laboral que deben cumplir las empresas. "Eso lo aprueban porque, seguramente, los empresarios quieren emplear a gente con la menor discapacidad posible", dice.Aparte de estos aspectos, hay otro tema que preocupa más: el aseguramiento de salud de las personas con discapacidad.El artículo 17 del reglamento determina que las condiciones de cobertura "deberán ser definidas por cada empresa, sin incrementar el precio de las pólizas y los planes". Agrega, no obstante, que las condiciones preexistentes que sobrevengan como consecuencia de la discapacidad, serán cubiertas con un monto mínimo anual (20 salarios) y a partir de los tres meses del aseguramiento."Mi hijo tiene una enfermedad preexistente y, con ese reglamento, tendría que esperar tres meses para que el seguro cubra su enfermedad", así cuestiona Olmedo Feraud.Él ganó un juicio, a inicios de año, en contra de dos compañías que no quisieron asegurar a su hijo, quien tiene síndrome de Down. A criterio de Feraud, el reglamento de la Ley de Discapacidades está enfocando más los beneficios de las aseguradoras, que de las personas. Para impugnarlo y pedir cambios, la asambleísta Kronfle analiza acciones.
NOTA DEL BLOG: La discapacidad no es solo para las personas que usan sillas de ruedas o no pueden caminar, existen muchas clases de discapacidad como auditivas, visuales, respiratorias, motrices, inclusive de carácter congénito, es algo que el estado debe hacer conocer a las personas y a los funcionarios que atienden en dependencias estatales, para que las personas discapacitadas tengan prioridad en la atención, casi todos los bancos por no pagar una persona que atienda en exclusividad a las personas de la tercera edad, discapacitados, embarazadas, no dan un trato preferencial hacen pasar dos personas de la fila común y una de la fila especial, a veces hasta mostrando mala cara. Esas son las injusticias por las que se debe luchar.

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