En el primer caso, la normativa, que rige desde el pasado 18 de diciembre, prohíbe a las empresas inmobiliarias captar dinero por anticipado para la construcción si no tienen todos los permisos de ley.
Cabe indicar que en septiembre del año pasado, la Superintendencia ya prohibió que se entregue las unidades habitacionales a los clientes si toda la obra del proyecto no estaba concluida. Y para ello, las compañías constructoras deben cumplir con una serie de requisitos adicionales.
Es por ello que el impacto en los clientes se sentirá, principalmente, en los tiempos de entrega de sus viviendas nuevas.
David Fernández, de la Constructora Reivax, analiza la situación con un ejemplo.
Suponiendo que dentro de un conjunto mixto (casas y departamentos), iba a ser entregado en partes de la siguiente manera: casas en marzo y los departamentos en julio, conforme con la planificación previa a esta reforma se podía obtener la Declaratoria de Propiedad Horizontal durante la ejecución del proyecto.
Con la Ordenanza 0433 cambiaría la fecha de entrega de todas las casas y departamentos a octubre. La razón es que la constructora recién terminaría en su totalidad el proyecto en julio. Solo en ese instante, empezará a realizar los trámites pertinentes: en primer lugar el permiso de ocupación (Cuerpo de Bomberos), luego el certificado de finalización del proceso constructivo y después la obtención de la Declaratoria. Eso demoraría hasta octubre, si no aparecen inconvenientes.
Aunque el especialista inmobiliario, Germán Landázuri, por su parte, explica que lo primero que hay que tener claro es que la normativa no es retroactiva, es decir, que aplica para los proyectos que hayan surgido a partir del 18 de diciembre.
Así, si el proyecto donde adquirió la vivienda todavía está en obras, la inmobiliaria podrá seguir construyendo siempre y cuando haya obtenido los permisos desde un inicio. Incluso, el cliente sí podría habitar la casa, pese a que no se culminen todas las etapas, en el caso de que así sea la edificación.
Por el contrario, si la inmobiliaria no obtuvo todos los permisos, deberá primero regularizar su situación antes de proseguir con la construcción y posterior entrega.
Una vez que se dio a conocer las nuevas reglas, las inmobiliarias, promotoras y constructoras dijeron que ayer recibieron decenas de llamadas de clientes preocupados por el futuro de los proyectos. Entre ellos María Fernanda K., quien trató de confirmar que la constructora contaba con todos los permisos. "Me dijeron que no me preocupara, que tienen todo en regla y que cumplirán con el plazo de entrega de la casa".
La Superintendencia, por su parte, reiteró que en Ecuador las normas jurídicas no son retroactivas. "No obstante, la resolución recoge disposiciones que ya se encuentran contenidas en leyes vigentes,y que, por tanto, debieron ser observadas por las inmobiliarias durante la ejecución y comercialización de sus proyectos".
Otro aspecto que aclaró la entidad es que el objetivo de la norma es que las inmobiliarias cuenten con el presupuesto necesario para cumplir con todo el proyecto. Esto, porque se han detectado en el país operaciones que no han sido concluidas, pese a haber recibido dinero de forma anticipada.
Ese es el caso de Mario N. (nombre protegido, porque se encuentra en litigio con la constructora), quien lleva casi ocho años esperando para que le entreguen un departamento dúplex en el norte de Quito. "Siempre están desfinanciados y no pueden terminar de construir la segunda torre de departamentos donde está el mío. Tengo entregado ya el 35% del valor del bien".
La primera torre está terminada, pero aún no tiene acabados. Y nuevamente está paralizada la obra mientras se financia la compra del ascensor. Mientras tanto, los constructores han ofrecido entregar los departamentos este año.
De ahí que, según la Superintendencia, empezarán los operativos de control para evitar este tipo de problemas.
No olvide...
- El cliente debe consultar en el Municipio respectivo si el proyecto que se edifica cuenta con los permisos necesarios. En ocasiones, el promotor desconoce la situación.
- Si el constructor edificó sin todos los permisos, la obra se paralizará hasta que realice la regulación y cancele las multas. Solo podrá entregar casas cuando todo esté terminado.
- Usted no podrá ocupar la vivienda si la constructora no ha obtenido la Declaratoria de Propiedad Horizontal. Es una nueva obligación definida por la Superintendencia de Compañías.
- La Declaratoria se emite solamente cuando se ha finalizado la construcción total de la obra. Solo así se tendrá la vía libre para transferir el dominio y firmar las respectivas escrituras.
- De igual forma, solo se puede ocupar viviendas construidas por etapas si es que el número de unidades es significativa. Caso contrario, deberá esperar a que se edifique todo.
- Como cliente ahora usted podrá exigir que los proyectos inmobiliarios sean entregados en los plazos establecidos. Ese es su derecho y podrá denunciar la mala práctica.
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