martes, 13 de mayo de 2014

ECUADOR GARANTIZARÁ A 28 SECTORES PRODUCTIVOS EL 50 POR CIENTO DE SU ENDEUDAMIENTO

Ecuador co garantizará parcialmente el desarrollo de 28 sectores productivos hasta los 500 mil dólares por beneficiario y podrá ser hasta el cincuenta por ciento del crédito otorgado por la banca.

La intención es impulsar el crecimiento de empresas que por falta de  garantías no pueden emprender inversiones en activos fijos, desarrollar proyectos, ampliar la producción; además de capital de trabajo, según un informe de la Corporación Financiera Nacional (CFN).

Ecuador creó en diciembre de 2013 el "Fondo Nacional de Garantías" que actúa como garante solidario del beneficiario del crédito y en caso de que este no pague a la Institución Financiera, el Fondo entrega los recursos a la Institución que financió el proyecto productivo.

Al momento existe un acuerdo de operatividad suscrito con el Banco del Pacífico y se espera incorporar más bancos a la iniciativa.

El Fondo de Garantía es operado por la Corporación Financiera Nacional (CFN) como banca de segundo piso, es decir, el demandante de recursos debe realizar su petitorio y calificación con las instituciones del  sistema financiero.

“La garantía no es un seguro, ya que no cubre la pérdida generada, por lo que el sujeto participante no se encuentra exento del pago del crédito. Los costos de la cobranza y acciones legales que realizará en su contra  la Institución Financiera para la recuperación del crédito”, señaló un informe de la CFN.

Las actividades garantizadas

Primarios:   elaborados de cacao; café; pescado; productos lácteos; y, maricultura

Industriales: derivados de petróleo ; metal-mecánica ; químicos y farmacéuticos ; papel y cartón ; plásticos y caucho.

Servicios: conocimiento y tecnología ; turismo; logística.

Industrias estratégicas: refinerías; astilleros; petroquímica; metalurgia; siderúrgica .

Unidades Económicas Populares: procesados de la producción agrícola y pecuaria; conservas de frutas; conservas de legumbres y hortalizas ; bebidas no alcohólicas ; carnes de animales menores; derivados de carne de animales mayores; fabricación de prendas de vestir; fabricación de calzado y artículos de cuero; y, fabricación de muebles.

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